RESUMEN
EDUCACIÓN INTERCULTURAL EN MÉXICO ¿POR QUÉ Y PARA QUIÉN?
La interculturalidad
nos remite a la existencia de culturas diferentes y políticamente asimétricas y
a la necesidad de establecer un trato más equitativo para los portadores de las
culturas no-dominantes.
¿Cultura o culturas?
La cultura es el sistema de conocimiento a partir de cuyos significados el ser
humano tamiza y selecciona su comprensión de la realidad, así como interpreta y
regula los hechos y los datos de comportamiento social.
La diversidad
cultural no representa en si un peligro para el estado-nación; el peligro
consiste más bien en el trato discriminación o represivo de la sociedad
dominante contra ciertos grupos o clases sociales.
¿Qué cultura transmite
la educación? El multiculturalismo es la característica de los países donde
conviven culturas diversas, algunas de las cuales dominan frecuentemente a
otras.
La educación
bilingüe, es bajo el lema de: ``adaptemos la escuela al indio y no el indio a
la escuela``, se mantuvo vigente por veinte años, hasta que este modelo fue
cuestionado por los mismos maestros indígenas e intelectuales. La educación
indígena, aquella diseñada por el estado mayoritario para facilitar la
integración de la población indígena nación ``ocupa un lugar especial en la
problemática educativa general del país. La educación pública es considerada un
bien en sí misma.
La educación
intercultural bilingüe corresponde más bien a un enfoque bilingüe de viejo
cuño, que intenta actualizarse apropiándose de una política intercultural para
justificar su permanencia y la continuación de su proyecto de absorción de las
culturas y lenguajes indígenas a la llamada cultura nacional.
La falta de apoyo
curricular a las lenguas autóctonas no permite a los niños indígenas el mismo desenvolvimiento
académico de los niños de la cultura dominante.
La ley general de
educación menciona la conciencia nacional, pero no habla de pluriculturalidad y
evita los términos pueblos o culturas étnicas, utiliza en cambio los de grupos
indígenas y culturas regionales, descalificando, así su estatuto en tanto
pueblos con derechos específicos establecidos en la legislación internacional.
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